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Desde finales de 2003 se aplica una ley acerca de las garantÃas a la hora de comprar bienes de consumo, como pueden ser los electrodomésticos de tu cocina o tu hogar. Si tienes dudas ante un determinado establecimiento o en general te aconsejamos que ojees lo que esta ley obliga al vendedor.
•   En caso de disconformidad el consumidor puede optar por su reparación o por la sustitución de uno nuevo, salvo ser imposible o desproporcionada.
•   En caso de ser imposible todo esto por desproporción, deberá ser devuelto integro el precio por el que se compró el aparato adquirido.
•   El tiempo que tenemos para reclamar es de dos años desde el momento en que te llevas el aparato. Para todos los aparatos y complementos.
•   El plazo para alegar quejas deberá comprender los dos meses siguientes desde que se percibe el problema.
•   Si es de segunda mano la garantÃa podrá ser pactada entre el vendedor y el comprador, pero nunca inferior a un año.
•   La adquisición debe responder a todos los comportamientos anunciados por el vendedor o el fabricante y de la manera óptima que especifica.
•   Los lugares donde deberás presentar reclamaciones son las asociaciones de consumidores y usuarios, servicio de Consumo de su Comunidad Autónoma y en las oficinas Municipales del Consumidor de cada Ayuntamiento.
De todas maneras puede haber muchos y diversos casos, ante la duda lo mejor es acudir a una de las instituciones mencionadas antes